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BORM núm. 50, lunes 2/03/2026. APROBACIÓN DEFINITIVA
1. En la sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día dieciocho de julio de dos mil veinticinco se adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la adaptación de los Estatutos del Consorcio Puerto de Culturas a la legislación vigente, cuyo proyecto fue aprobado por la Junta de Gobierno Local el pasado dieciocho de julio de dos mil veinticinco; sin haber recibido reclamación alguna.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza, entrando en vigor transcurrido el plazo previsto en el Art. 65.2 del mismo cuerpo legal, lo que se hace público para general conocimiento.
Contra el acuerdo transcrito, por tratarse de la aprobación de una disposición administrativa de carácter general, no cabrá recurso en vía administrativa de acuerdo con lo previsto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. No obstante, podrá ser impugnado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en un plazo máximo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta disposición (artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
BORM, núm. 239, 15/10/2025). APROBACIÓN INICIAL
2. Sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 29/07/2025, se adopto, entre otros, el siguiente acuerdo:
“6º.- PROPUESTA DE LA ALCALDESA PRESIDENTA Y CONCEJAL DEL ÁREA DE ALCALDÍA, TURISMO Y CULTURA PARA LA APROBACIÓN INICIAL DE LA ADAPTACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PUERTO DE CULTURAS A LA LEGISLACIÓN VIGENTE. DICTAMEN COMISIÓN HACIENDA E INTERIOR. [...]
BORM, núm. 50, 2/03/2026. APROBACIÓN DEFINITIVA
1. En sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno con fecha 9 de octubre de 2025, se adoptó entre otros, el acuerdo de aprobación inicial de la “Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio y Servicios Complementarios de Fin de Semana, Comidas a Domicilio, Teleasistencia y Respiro Familiar” del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena.
Conforme a lo establecido en el artículo 49 b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se sometió el texto de la Ordenanza a información pública (BORM, n.º 253 de 31/11/2025).
Habiendo transcurrido el plazo de información pública, sin que se haya presentado ninguna reclamación o sugerencia, y conforme a lo establecido en el artículo 49.c) de la Ley de Bases de Régimen Local queda aprobado definitivamente la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio y Servicios Complementarios de Fin de Semana, Comidas a Domicilio, Teleasistencia y Respiro Familiar, dándose cuenta de ello en la Sesión del Pleno de 29 de enero de 2026, cuyo texto íntegro se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
BORM, núm. 253, 31/10/2026. APROBACIÓN INICIAL
2. El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, en sesión celebrada con fecha 09 de octubre de 2025, se adoptó aprobación provisional de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio y Servicios Complementarios de Fin de Semana, Comidas a Domicilio, Teleasistencia y Respiro familiar, del Municipio de Cartagena.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 7/1985 de 2 de abril, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios de Ayuntamiento, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese presentado alegaciones, se considerará definitivamente aprobada dicha Ordenanza, sin necesidad de acuerdo plenario.
Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, en sesión de Pleno celebrada el día 29 de enero de 2026, se adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación puntual del artículo 151.2 de la ordenanza municipal de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del Excelentísimo Ayuntamiento de Cartagena.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se abre plazo de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias en el siguiente enlace:
https://cartagena.sedipualba.es/tablondeanuncios/anuncio.aspx?id=30022
En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
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